Operación Renta 2023: Estos son los 5 casos en que se debe presentar declaración renta

Operación Renta 2023: Estos son los 5 casos en que se debe presentar declaración renta

En la Operación Renta, se puede obtener la Cobertura Total o Parcial de las cotizaciones previsionales, las cuales desde 2019 son una exigencia para todos los trabajadores que emiten boletas a honorarios.

Recientemente el Servicio de Impuestos Internos (SII) dio a inicio al proceso de difundir información de lo que será la Operación Renta 2023, el cual se llevará a cabo entre los meses de marzo y junio.

En este sentido, reiteró a los contribuyentes -ya sean personas naturales o empresas- que la Clave Tributaria es fundamental para realizar los trámites. Se puede obtener, recuperar o actualizar en el sitio web del Servicio.

Cabe resaltar que, desde este año, quienes emiten Boletas de Honorarios se les aplica una retención de 13% (la retención de 12,25% al emitir boletas estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2022). El aumento en la retención será de 0,75% por año, hasta llegar a 17% en 2028.

¿Quiénes deben declarar en la Operación Renta 2023?

El SII indicó que en la Operación Renta 2023 deben realizar declaración quienes:

  • Tuvieron un ingreso anual superior a los $9.907.434 (salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador).
  • Tuvieron más de un empleador o pagador.
  • Trabajaron a honorarios y quieren optar a la cobertura total o parcial para las cotizaciones previsionales.
  • Realizaron el tercer retiro voluntario del 10% de la AFP, de acuerdo con lo establecido en la Ley N°21.295, y tienen un ingreso tributable superior a $22.016.520 (30 UTA).
  • Solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021, ya que en esta Operación Renta se calcula y paga cuota correspondiente (30% y 10% del monto solicitado, respectivamente).

*Si se prepagó el monto total del Préstamo Solidario que se solicitó en 2020 y/o 2021, se debe realizar la declaración de Renta si tuvo retenciones adicionales en el sueldo o boleta de honorarios, para solicitar la devolución de excedentes.

Por su parte, el organismo precisó que es posible declarar Renta, a pesar de no estar obligado, si se quiere acceder a algún beneficio o crédito tributario. Por ejemplo: la Rebaja de Intereses por Dividendos Hipotecarios y/o el Crédito por Gastos en Educación. En el caso de las empresas, todas tienen que presentar su declaración de Renta.

Cotizaciones Previsionales

En el caso de los trabajadores que emiten Boletas de Honorarios, la Ley N°21.133 estableció desde 2019 que “todos los trabajadores independientes deben cotizar en forma obligatoria, pudiendo acceder así a todos los beneficios de seguridad social, y contar con la misma protección de los trabajadores dependientes”.

El pago se realiza obligatoriamente cada año mediante el proceso de Declaración del Impuesto a la Renta. La normativa también precisa que cualquier pago mensual que el trabajador haya realizado se considera como voluntario y adicional a la cotización obligatoria.

Las cotizaciones pagadas a través de la Operación Renta 2023 entregarán derecho a las prestaciones de seguridad social desde el 1 de julio de 2023 y hasta junio del año siguiente. Este periodo se renueva automáticamente en la siguiente Operación Renta.

En cuanto a las cotizaciones para pensión de vejez (AFP), el pago se abonará a la cuenta individual y asignará al año en el que fueron generadas, es decir al año 2022.

Se puede optar por Cobertura Total o Parcial

En la Operación Renta se podrá optar por Cobertura Total o Parcial de las cotizaciones previsionales.

Si se elige Cobertura Parcial, el cálculo de las cotizaciones previsionales de Salud y Pensiones se realizará sobre el 47% de la Renta Imponible. La renta imponible corresponde al 80% de la Renta Bruta.

Este porcentaje de cotización parcial se irá incrementando cada año, hasta la Operación Renta 2028, cuando ya no existirá la posibilidad de optar por Cobertura Parcial.